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Publicada la Nueva Ley de Contratos del Sector Público.

Fecha: 28/11/2017

NO se podrán adjudicar mediante el precio como único criterio los contratos de servicios de coordinación de seguridad y salud, prevalecerá el criterio técnico de las ofertas sobre el económico

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El pasado 9 de noviembre se publicó en el BOE la esperada ley, mediante la cual, con más de dos años de retraso respecto del plazo fijado por la UE, se transpone la Directiva europea al Ordenamiento español.

La nueva Ley terminará por fin con las subastas en las adjudicaciones de contratos de servicios de Coordinación de Seguridad y Salud.

Hasta el momento, se viene subastando la contratación del coordinador de seguridad y salud por parte de los promotores públicos en un 30 % aproximadamente de las licitaciones.

La Ley 9/2017 establece que NO se podrán adjudicar mediante el precio como único criterio los contratos de servicios de coordinación de seguridad y salud y además se proclama que debe prevalecer el criterio técnico de las ofertas sobre el económico (cuyo valor no puede por tanto alcanzar el 50% de los criterios de valoración del contrato).

Se prohíbe expresamente la subasta electrónica en contratos de servicios como los de Coordinación de Seguridad y Salud.

Desde ISSCO se espera que estas nuevas disposiciones, que entrarán en vigor el próximo 9 de marzo de 2018, contribuyan a que las Administraciones y empresas del sector público que contratan los servicios de coordinación de seguridad y salud para sus obras, tengan en consideración la calidad técnica de estos trabajos y no sólo los aspectos económicos.

Todo ello permitirá sin duda la mejora de las condiciones de seguridad y salud en las obras de construcción, así como la garantía de la calidad de los servicios de ingeniería en esta materia, algo que difícilmente podía alcanzarse adjudicando los contratos mediante subasta.

 

Noviembre de 2017

Secretaría Genera ISSCO

 

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